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sábado, 26 de agosto de 2023

Subvencion del gobierno - Reconocimiento y medición

 

El parrafo 24.4 las normas de contabilidad NIIF para Pymes, establece que  una entidad reconocerá  y medira las subvenciones del gobierno como sigue:

(a) Una subvención que no impone condiciones de rendimiento futuras específicas sobre los receptores se reconocerá como ingreso cuando los importes obtenidos por la subvención sean exigibles.

(b) Una subvención que impone condiciones de rendimiento futuras específicas sobre los receptores se reconocerá como ingreso solo cuando se cumplan las condiciones de rendimiento.

(c) Las subvenciones recibidas antes de que se satisfagan los criterios de reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias se reconocerán como pasivo.


Vamos  a un ejemplo:

El 1 de enero de 2017, una entidad recibió 500.000 COP por parte del gobierno nacional en forma de incentivo para establecer una planta manufacturera en una determinada ubicación: una zona de desarrollo en particular. El incentivo depende de la condición de que la planta se construya en la zona de desarrollo. Dicha planta debe cumplir ciertas especificaciones (que incluyen criterios medioambientales y de seguridad) y comenzar a producir comercialmente el 31 de diciembre de 2018 o antes de esa fecha.                                                                                                                                        

Si tales condiciones no se cumplen, la entidad deberá reembolsar el importe completo por las 500.000 COP al gobierno nacional.

Todas las condiciones de rendimiento se cumplieron el 30 de marzo de 2018, cuando la entidad comenzó su producción comercial en la planta.

La subvención del gobierno por 500.000 COP se debe reconocer como un pasivo el 1 de enero de 2017 (es decir, debitar efectivo y acreditar pasivo) (véase el párrafo 24.4(c))



 El 31 de marzo de 2018, la subvención del gobierno por 500.000 u.m. se debe reconocer en ingresos y el pasivo se debe dar de baja (debitar pasivo y acreditar ingresos) (véase el párrafo 24.4(b)).




Veamos otro ejemplo..

En 2017, la entidad recibió, por parte del gobierno nacional, una licencia transferible sin cargo para pescar 100 toneladas de pescado por cada uno de los próximos cinco años, en las aguas de esa jurisdicción. Si la entidad pesca más de 100 toneladas de pescado en un año particular, la licencia por cinco años no se revocará, pero la entidad deberá pagar una multa elevada.

La subvención del gobierno (la cesión de la licencia transferible de pesca) se debe reconocer como ingresos en los resultados del periodo en el que se recibirá. Dado que la licencia no se revocará (no existen condiciones de rendimiento futuras), es posible que el reconocimiento se realice durante 2017, cuando se otorgue la licencia de pesca a la entidad por parte del gobierno nacional (véase el párrafo 24.4(a)).







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